lunes, 9 de agosto de 2010

C.P.C = Constitucíón Politica de Colombia

DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES


Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.

Artículo 12. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas

crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma

protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y

oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o

familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara

medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición

económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y

sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

Artículo 14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su

buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen

derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre

ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás

garantías consagradas en la Constitución.

La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo

pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las

formalidades que establezca la ley.

Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e

intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás

documentos privados, en los términos que señale la ley.

Artículo 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad

sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.

Artículo 17. Se prohiben la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en

todas sus formas.

Artículo 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de

sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su

conciencia.

Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar

libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva.

Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.

Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su

pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de

fundar medios masivos de comunicación.

Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la

rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.

Artículo 21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma de su

protección.

Artículo 22. La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.

Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las

autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El

legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar

los derechos fundamentales.

Artículo 24. Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho

a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y

residenciarse en Colombia.

Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus

modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un

trabajo en condiciones dignas y justas.

Artículo 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir

títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionaran y vigilaran el ejercicio

de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica

son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.

Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura

interna y el funcionamiento de estos deberán ser democráticos.

La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles.

Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación

y cátedra.

Artículo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia,

ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de

mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y

por motivo previamente definido en la ley.

La persona detenida preventivamente será puesta a disposición del juez competente

dentro de las treinta y seis horas siguientes, para que éste adopte la decisión

correspondiente en el término que establezca la ley. En ningún caso podrá haber

detención, prisión ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad

imprescriptibles.

Artículo 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y

administrativas.

Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa,

ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias

de cada juicio.

En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de

preferencia a la restrictiva o desfavorable.

Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente

culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un

abogado escogido por el, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un

debido proceso publico sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir

las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser

juzgado dos veces por el mismo hecho.

Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.

Artículo 30. Quien estuviere privado de su libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene

derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por si o por

interpuesta persona, el Habeas Corpus, el cual debe resolverse en el término de treinta

y seis horas.

Artículo 31. Toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada, salvo las

excepciones que consagre la ley.

El superior no podrá agravar la pena impuesta cuando el condenado sea apelante

único.

Artículo 32. El delincuente sorprendido en flagrancia podrá ser aprehendido y llevado

ante el juez por cualquier persona. Si los agentes de la autoridad lo persiguieren y se

refugiare en su propio domicilio, podrán penetrar en él, para el acto de la aprehensión;

si se acogiere a domicilio ajeno, deberá preceder requerimiento al morador.

Artículo 33. Nadie podrá ser obligado a declarar contra si mismo o contra su cónyuge,

compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad,

segundo de afinidad o primero civil.

Artículo 34. Se prohiben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación.

No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes

adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro Público o con grave

deterioro de la moral social.

Artículo 35. Se prohibe la extradición de colombianos por nacimiento. No se concederá

la extradición de extranjeros por delitos políticos o de opinión.

Los colombianos que hayan cometido delitos en el exterior, considerados como tales en

la legislación nacional, serán procesados y juzgados en Colombia.

Artículo 36. Se reconoce el derecho de asilo en los términos previstos en la ley.

Artículo 37. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y

pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales

se podrá limitar el ejercicio de este derecho.

Artículo 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las

distintas actividades que las personas realizan en sociedad.

Artículo 39. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o

asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con

la simple inscripción del acta de constitución.

La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y

gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos.

La cancelación o la suspensión de la personería jurídica sólo procede por vía judicial.

Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias

para el cumplimiento de su gestión.

No gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza Pública.

Artículo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y

control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:

1. Elegir y ser elegido.

2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras

formas de participación democrática.

3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna: formar

parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas.

4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la

Constitución y la ley.

5. Tener iniciativa en las corporaciones públicas.

6. Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.

7. Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, salvo los colombianos, por

nacimiento o por adopción, que tengan doble nacionalidad. La ley reglamentará esta

excepción y determinará los casos a los cuales ha de aplicarse.

Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los

niveles decisorios de la Administración Pública.

Artículo 41. En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán

obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se

fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la

participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución.

LARGA DURACIÓN DE UN PROYECTO EN EL MERCADO

Un proyecto es una planificación que consiste en un conjunto de actividades que se encuentran interrelacionadas y coordinadas; la razón de un proyecto es alcanzar objetivos específicos dentro de los límites que imponen un presupuesto, calidades establecidas previamente y un lapso de tiempo previamente definidos.La gestión de proyectos es la aplicación de conocimientos, habilidades, herramientas y técnicas a las actividades de un proyecto para satisfacer los requisitos del proyecto.

Teniendo en cuenta esto, el proyecto que tenemos en mente debe de cumplir con las necesidades de los usuarios para así tener una grande y larga perduración dentro del mercado.

Proyecto productivo se definne como proyectos que buscan generar rentabilidad económica y obtener ganancias en dinero. Los promotores de estos proyectos suelen ser empresas e individuos interesados en alcanzar beneficios económicos.

viernes, 6 de agosto de 2010

OPCIONES PARA REALIZAR LA ETAPA PRODUCTIVA

  • Para realizar la etapa productiva requerimos de las siguientes 4 obciones que son:
  1. Pasantias
  2. Proyecto Productivo
  3. Contrato Laboral
  4. Contrato Aprendizaje

LAS PASANTIAS son actividades pedagógicas obligatorias, de contenido práctico, cuya finalidad es contribuir a la formación profesional de los estudiantes de la Facultad de Ingeniería y Arquitectura mediante el cumplimiento de programas preestablecidos entre la Facultad y las Empresas seleccionadas en las áreas de especialización de los estudiantes de las diferentes Escuelas.


PROYECTO PRODUCTIVO Toda persona sueña o proyecta su vida de alguna manera. Las empresas, el gobierno, la Iglesia y todos tenemos proyectos que se quieren realizar.

La realización de un proyecto, significa el logro u obtención de metas y objetivos, los cuales no pueden ser dejados a la espontaneidad de quienes los quieren desarrollar, por ello es que se ha elaborado o sistematizado los conocimientos de modo que se pueda ir organizando paso a paso las actividades necesarias para poder lograrlos.



CONTRATO LABORAL Se define como aquel trato que hacemos legalmente por medio de un escrito, en donde define el tiempo limite y labor que desempeñemos nosotros como aprendices dentro de una empresa o miniempresa.
 
 
CONTRATO DE APRENDIZAJE El contrato de aprendizaje es una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral, sin subordinación y por un plazo no mayor a dos (2) años en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada  en este caso seria el SENA con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario.

miércoles, 4 de agosto de 2010

CORREO MI SENA


Comunidad Virtual SENA, Servicio Nacional de Aprendizaje. Des la página principal de SENA tendra acceso a sus cuentas de usuario, instructores, funcionarios del SENA a nivel nacional.


También podra acceder a su correo electronico, agenda y calendario electronico, documentos colaboativos, grupos de trabajo, administrar contactos, chat.

Y enlaces a las principales páginas del SENA: Portal de Formación Virtual, Portal Institucional del SENA, Portal se Servicio Público de Empleo y al Portal de TecnoParque de Colombia.

LIDERES COMUNICADORES SENA


En el ámbito estudiantil ocurren muchas cosas que interesan directamente a los aprendices y quienes mejor que ellos, para difundir y transmitir esos hechos en su propio entorno.


Es por eso que nació Líderes Comunicadores, una estrategia de la Oficina de Comunicaciones Dirección General, dirigida a los aprendices, que busca motivar en ellos, el interés para generar información positiva de lo que ocurre en la entidad. Espacios informativos, hechos por aprendices para toda la comunidad de aprendizaje SENA.

En este momento, EL PATIO, es un ejemplo de jóvenes líderes comunicadores, un programa en radio y televisión creado por aprendices del Distrito capital que, aunque no son expertos en comunicaciones, ponen todo su entusiasmo y creatividad para compartir las cosas que viven diariamente en la organización.

El equipo de EL PATIO con el apoyo técnico y profesional de la oficina de Comunicaciones de la Dirección General y de la Regional Distrito Capital, presentaron su creación ante los representantes de los aprendices que asistieron al encuentro en Cúcuta.

Con micrófono en mano y cámara a su disposición, Luís Daniel Benavides, Jaime Chamorro y Frank Sánchez, hicieron un cubrimiento detallado, alegre y didáctico de las diferentes actividades desarrolladas en el marco del evento.

Ser un Líder Comunicador es muy sencillo, sólo necesitamos tu iniciativa y que envíes información del proyecto que quieres desarrollar para DEJAME DECIRTE, SENA AL AIRE o SENA TV, a comunicacionesinst@sena.edu.co

PROGRAMAS PUBLICITARIOS; MEDIOS DE COMUNICACIÓN:
¨
* El Servicio Nacional de Aprendizaje, contiene los siguientes medios de comunicación para los diferentes publicos:

* Agencia d Noticias
* En Linea
* Sena presenta TV¨
* Dejame decirte
* Sena Presenta Radio
* Buenas Nuevas
* Senal aire
* Oficina de Comunicaciones

SOFIA PLUS

SOFIA:

Plus es un sistema de información que centralizará y dinamizará la administración educativa y gestión de la formación profesional del SENA y que a su vez soportará la ejecución de acciones de aprendizaje basadas en competencias.


Con esto se mejora la calidad de los procesos de aprendizaje de los jóvenes mediante el aprendizaje activo, es decir, solucionando problemas reales y utilizando proyectos innovadores; también mejora la eficiencia y la flexibilidad porque lleva la gestión de cada aprendiz de manera individualizada, optimizando el tiempo según su dedicación y capacidad; además aumentará la transparencia en procesos de inscripción, selección y certificación.


SOFIA Plus hace un gran aporte en la interacción de los aprendices con el sistema y en el desarrollo del aprendizaje activo: El joven construye su ruta de aprendizaje mediante proyectos que le permitan desarrollar competencias. Además, prevé herramientas para gestionar la formación por proyectos, así el aprendiz es el centro de la estrategia.

MI CIUDAD

VILLETA CUNDINAMARCA

Historia


 
El municipio de Villeta (Cundinamarca) fue fundado el 29 de Septiembre de 1551 con el nombre de Villeta de San Miguel por Alonso de Olalla y Hernando de Alcocer quienes fueron comisionados por Don Gonzalo Jiménez de Quezada para lograr el sometimiento de las comunidades indígenas (Tobia, Cune, Namay, Maní y Chapaima) que habitaban esta región; con su llegada, trajeron consigo las semillas de caña las cuales cultivaron y beneficiaron en trapiches rudimentarios elaborados con madera, y mas tarde, hacia el año 1816 con la llegada de Don Guillermo Wills se construyo el primer trapiche movido por agua en el país y se iniciaron los primeros cultivos organizados de caña.

Hacia el año 1552 arribaron las comunidades eclesiásticas Franciscana, Agustiniana y Dominicana las cuales tenían como misión catequizar a los indígenas de estas tierras, es así como en este mismo año es construida la primera Iglesia Católica dando inicio a la doctrina eclesiástica Villetana.

El primer acueducto (tanque subterráneo) fue construido en 1828 el cual dio solución al los problemas sanitarios de la época, pero mas tarde en 1898 tuvo que ser remplazado por el sistema de Ordenanza que hasta nuestros días abastece de agua al municipio.

En la actualidad, Villeta es la capital de la Provincia del Gualivá, compuesta por los municipios de Albán, Caparrapí, Guaduas, La Peña, La Vega, Nimaima, Nocaima, Puerto Salgar, Quebradanegra, Sasaima, San Francisco, Supatá, Útica y Vergara, los cuales estan dedicados en mayor parte a la producción panelera sumando aproximadamente 25.000 hectáreas de caña panelera procesada en trapiches artesanales que producen cerca 100.000 toneladas.

Himno Municipio de Villeta


Coro

Es mi orgullo esta tierra bendita
la Villeta de San Miguel
por tus lares y hermosas cascadas
se pasean aromas de miel.

I

Para darle un descanso al camino
don Alonso de Olaya y Hernando Alcocer
te fundaron en los predios Panches
y entre Ceibas te vieron crecer.
Nuestro festival de la molienda
hizo del trapiche una leyenda
como herencia que marcó la historia
para darle dulzura a Colombia.

II

Es mi orgullo esa tierra bendita
villetanos de ancestro valiente
forjadores de sueño y prosperidad
nuestra villa es un verde remanso
donde habita la paz y amistad.
Si mi tierra me exige la vida
con amor la pongo a sus pies
a Villeta mi tierra querida
hasta el fin la sabré defender


Símbolos

Escudo:


 Mediante Acuerdo No. 014 de diciembre 21 de 1.974, siendo Presidente ARIEL HERNANDO BENAVIDES MARTÍNEZ Y Secretaria CECILIA GIL BUSTOS, el Honorable Concejo Municipal adoptó como escudo nobiliario para Villeta, el propuesto por el doctor JORGE CLEVES VARGAS y que ostentará en adelante en sus banderas, estandarte, edificios y documentos públicos las siguientes armas:

Escudo cortado por una faja en gules (rojo) que lleva un caduceo de oro; su parte superior en oro, con el águila de sable (negro) coronada de la ciudad de Bogotá, y en su parte inferior, el Escudo de Armas de la ciudad de Honda.


Bandera:

La Bandera de Villeta llevará en el centro el escudo del Municipio. La Bandera de Villeta constará por tanto de tres (3) colores; el Verde, el Amarillo y el Rojo, que tendrán cada uno de ellos un ancho de cuarenta (40) centímetros y un largo de dos metros con cincuenta centímetros (2.50m) con el escudo del Municipio bordado en el Centro..

martes, 3 de agosto de 2010

HISTORIA DE MI PAIS

HISTORIA DE COLOMBIA:

La república de Colombia es una nación relativamente nueva, cuenta con menos de 200 años de historia como republica y al igual que el resto del continente americano, sus orígenes como estado se remontan a solo un poco más de cinco siglos. Sin embargo, a pesar de su corta existencia como nación, son varios los sucesos significativos que se han presentado; en esta sección encontrarás información sobre la historia de Colombia partiendo desde la época precolombina hasta nuestros tiempos.


Conquista de Colombia:
Conquista del territorioCon la llegada de los exploradores españoles al área alrededor del año 1500 entra en la región un nuevo factor poblacional que alteró completamente el anterior panorama que se había venido desarrollando entre los pueblos indígenas. Cuando llegaron los europeos encontraron un pueblo disperso. La diversidad de lenguas, costumbres, religiones y la posición geográfica se convirtieron en desventaja para que los nativos enfrentaran a los invasores.
 
INDEPENDENCIA DE COLOMBIA:
El conflicto que condujo a la independencia de España se desarrolló en Colombia entre 1810 y 1819. Cuando Napoleón invade España, el repudio popular - allá y aquí - al Pacto de Bayona (l.808), por el cual se protocolizó la abdicación de Carlos IV, hace la coyuntura favorable al ánimo independentista.


Había de antaño malestares de diverso tipo: la exclusión de los criollos de toda participación en el gobierno; el peso excesivo de los impuestos; el monopolio del comercio que desazonaba a ingleses, holandeses y franceses, y que generaba además factores estructurales de recesión; así como el absolutismo, que campeaba a contracorriente de las nuevas ideas liberales, fueron factores que impulsaron la independencia de Colombia.




PERIODO DE LA PATRIA BOBA EN COLOMBIA:
La rivalidad entre las provincias motivada por las ambiciones regionales y la avaricia, dan origen al período de la Patria Boba. Cartagena fue la primera provincia en controvertir la decisión de escoger a Santa Fé de Bogotá y no a ellos como la capital, pues Cartagena tenía los mismos títulos o inclusive más; todo esto era discutido por Santa Fé que desde 1550 había sido capital, y así lo había aceptado la Real Audiencia



LA REPÚBLICA DE COLOMBIA:
Desde la cración de la República, la vida del país en el siglo XIX transcurre en una sucesión de enfrentamientos entre bolivarianos y santanderistas; artesanos y librecambistas; conservadores y liberales; federalistas y centralistas; terratenientes, esclavos y aparceros; clericales y radicales, que dan lugar a un rosario de conflictos civiles. Entre ellos: revolución de Obando y guerra "de los Supremos" (l.839-41); revolución de Melo en el 54; levantamiento de Mosquera en 59-61; guerra contra Ecuador; guerra del 76; guerra del 84.



20 de Julio de 1810 - Independencia de Colombia:
La historia nos dice que todo comenzó con un florero. Era viernes - 20 de julio y día de mercado - cuando un criollo fue a pedir prestado un florero. Un acto, en apariencia efímero, desató en un enfrentamiento entre criollos y españoles y culminó en la independencia de Colombia.
 
Batalla de Boyacá 7 de Agosto de 1819:
Colombia Tras la victoria en el pantano de vargas, Simón Bolívar toma posesión de la ciudad de Tunja el 5 de agosto de 1819, interfiriendo las comunicaciones de la tercera división realista bajo el mando del coronel José María Barreiro, quien, para recuperarlas, se desplazó por el camino principal, a través del páramo de Cómbita, para llegar a la localidad de Motavita el día 6.

ESCUDO:

A cada lado de la granada va una comucopia de oro inclinada y vertiendo hacia el centro, monedas la del lado derecho, y frutos propios de la zona tórrida del izquierdo. La faja del medio en campos de platino lleva en el centro un gorro frigio enastado en una lanza como símbolo de la libertad. En la faja inferior va el istmo de Panamá, en azul, con sus dos mares adyacentes ondeadas de plata, y un navío negro, con sus velas desplegadas en cada uno de ellos.

El escudo reposa sobre cuatro banderas divergentes de la base, en las cuales las dos inferiores formarán un ángulo de 90°, y las dos superiores irán separadas de las primeras en ángulos de 15°. Estas banderas van recogidas hacia el vértice del escudo. El jefe del escudo está sostenido por una corona de laurel pendiente del pico de un cóndor con las alas desplegadas. En una cinta de oro, asida al escudo y entrelazada a la corona va escrito, con letras negras mayúsculas, este lema: "Libertad y Orden".

BANDERA:

La composición cromática de la bandera colombiana se le atribuye al prócer Francisco Miranda. Simón Bolívar adopta la bandera tricolor en el año 1813 como emblema de Colombia, Venezuela y Ecuador (oficio del 28 de octubre, fechado en Valencia, Venezuela). Según la visión revolucionaria, la bandera simboliza "el rico (amarilllo) pueblo de Colombia separado por el azul de los mares del yugo (rojo) pueblo español".



BAILE:
La Cumbia. Ritmo caribeño con raíces africanas, que es interpretado en grupos por parejas que bailan en círculos al son de música de tambores y gaitas, llevando en las manos una vela.

HIMNO NACIONAL:
 El Himno Nacional fue compuesto en 1887 con versos de Rafael Núñez y música del compositor italiano, nacionalizado en Colombia, Oreste Síndici, para conmemorar el 11 de noviembre la independencia de Cartagena. La Ley 33 del 28 de octubre de 1920, sancionada por el presidente Marco Fidel Suárez, le dio carácter oficial (consta de coro y 11 estrofas)



Coro

¡Oh gloria inmarcesible!
¡Oh júbilo inmortal!
En surcos de dolores
El bien germina ya.


I

Cesó la horrible noche,
La libertad sublime
Derrama las auroras
De su invencible luz.
La humanidad entera,
Que entre cadenas gime
Comprende las palabras
Del que murió en la cruz
¡Oh gloria inmarcesible!



II

"¡ Independencia!" grita
el mundo americano;
se baña en sangre de héroes
la tierra de Colón.
Pero este gran principio:
"el rey no es soberano".
Resuena, y los que sufren,
Bendicen su pasión.
¡Oh gloria inmarcesible!



III

Del Orinoco el cauce
Se colma de despojos;
De sangre y llanto un río
Se mira allí correr.
En Bárbula no saben,
Las almas ni los ojos,
Si admiración o espanto
Sentir o padecer.
¡Oh gloria inmarcesible!



IV

A orillas del Caribe
Hambriento un pueblo lucha.
Horrores prefiriendo
A pérfida salud.
¡Oh si!, de Cartagena
la abnegación es mucha,
y escombros de la muerte
desprecia su virtud.
¡¡Oh gloria inmarcesible!



V

De Boyacá en los campos
El genio de la gloria,
Con cada espiga un héroe,
Invicto coronó.
Soldados sin coraza
Ganaron la victoria;
Su varonil aliento
De escudo les sirvió.
¡Oh gloria inmarcesible!



VI

Bolívar cruza el Ande,
Que riegan dos océanos:
Espadas cual centellas
Fulguran en Junín.
Centauros indomables
Descienden a los llanos,
Y empieza a presentirse
De la epopeya el fin.
¡Oh gloria inmarcesible!



VII

La trompa victoriosa
En Ayacucho truena;
Que en cada triunfo crece
Su formidable son.
En su expansivo empuje
La libertad se estrena
Del cielo americano
Formando un pabellón.
¡Oh gloria inmarcesible!



VIII

La Virgen sus cabellos
Arranca en agonía,
Y de su amor viuda,
Los cuelga del ciprés.
Lamenta su esperanza
Que cubre losa fría,
Pero glorioso orgullo,
Circunda su alba tez.
¡Oh gloria inmarcesible!



IX

La patria así se forma
Termópilas brotando;
Constelación de cíclopes
Su noche iluminó.
La flor estremecida,
Mortal el viento hallando,
Debajo los laureles
Seguridad buscó.
¡Oh gloria inmarcesible!



X

Más no es completa gloria
Vencer en la batalla,
Que al brazo que combate
Lo anima la verdad
La independencia sola
El gran clamor no acalla:
Si el sol alumbra a todos,
Justicia es libertad.
¡Oh gloria inmarcesible!



XI

Del hombre los derechos
Nariño predicando,
El alma de la lucha
Profético enseñó.
Ricaute en San Mateo,
En átomos volando,
" deber antes que vida",
con llamas escribió.




ESTILOS DE APRENDIZAJE


¿Qué son los estilos de aprendizaje?


Las distintas teorías y como se relacionan entre si - Los estilos de aprendizaje y las estrategias - Los estilos de aprendizaje y la teoría de las inteligencias múltiples - La inteligencia emocional

Sistema de representación visual:

Cuando pensamos en imágenes (por ejemplo, cuando 'vemos' en nuestra mente la página del libro de texto con la información que necesitamos) podemos traer a la mente mucha información a la vez, por eso la gente que utiliza el sistema de representación visual tiene más facilidad para absorber grandes cantidades de información con rapidez.



Sistema de representación auditivo:
Cuando recordamos utilizando el sistema de representación auditivo lo hacemos de manera secuencial y ordenada. En un examen, por ejemplo, el alumno que vea mentalmente la página del libro podrá pasar de un punto a otro sin perder tiempo, porqué está viendo toda la información a la vez. Sin embargo, el alumno auditivo necesita escuchar su grabación mental paso a paso. Los alumnos que memorizan de forma auditiva no pueden olvidarse ni una palabra, porque no saben seguir. Es como cortar la cinta de una cassette. Por el contrario, un alumno visual que se olvida de una palabra no tiene mayores problemas, porqué sigue viendo el resto del texto o de la información.



Sistema de representación kinestésico:
Cuando procesamos la información asociándola a nuestras sensaciones y movimientos, a nuestro cuerpo, estamos utilizando el sistema de representación kinestésico. Utilizamos este sistema, naturalmente, cuando aprendemos un deporte, pero también para muchas otras actividades. Por ejemplo, muchos profesores comentan que cuando corrigen ejercicios de sus alumnos, notan físicamente si algo está mal o bien. O que las faltas de ortografía les molestan físicamente. Escribir a máquina es otro ejemplo de aprendizaje kinestésico. La gente que escribe bien a máquina no necesita mirar donde está cada letra, de hecho si se les pregunta dónde está una letra cualquiera puede resultarles difícil contestar, sin embargo sus dedos saben lo que tienen que hacer.

C.P.C = Constitución Politica de Colombia



DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES


Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.


Artículo 12. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes.


Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma
protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y
oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o
familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.


El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara
medidas en favor de grupos discriminados o marginados.


El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición
económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y
sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.


Artículo 14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.


Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su
buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen
derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre
ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.


En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás
garantías consagradas en la Constitución.


La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo
pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las
formalidades que establezca la ley.


Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e
intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás
documentos privados, en los términos que señale la ley.
Artículo 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad
sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.


Artículo 17. Se prohiben la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en
todas sus formas.


Artículo 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de
sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su
conciencia.


Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar
libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva.
Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.


Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su
pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de
fundar medios masivos de comunicación.


Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la
rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.


Artículo 21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma de su
protección.


Artículo 22. La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.


Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las
autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El
legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar
los derechos fundamentales.


Artículo 24. Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho
a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y
residenciarse en Colombia.


Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus
modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un
trabajo en condiciones dignas y justas.


Artículo 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir
títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionaran y vigilaran el ejercicio
de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica
son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.


Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura
interna y el funcionamiento de estos deberán ser democráticos.
La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles.


Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación
y cátedra.


Artículo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia,


ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de
mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y
por motivo previamente definido en la ley.


La persona detenida preventivamente será puesta a disposición del juez competente
dentro de las treinta y seis horas siguientes, para que éste adopte la decisión
correspondiente en el término que establezca la ley. En ningún caso podrá haber
detención, prisión ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridadimprescriptibles.


Artículo 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y
administrativas.


Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa,
ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias
de cada juicio.


En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de
preferencia a la restrictiva o desfavorable.


Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente


culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un
abogado escogido por el, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un
debido proceso publico sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir
las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser
juzgado dos veces por el mismo hecho.
Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.


Artículo 30. Quien estuviere privado de su libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene
derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por si o por
interpuesta persona, el Habeas Corpus, el cual debe resolverse en el término de treinta
y seis horas.


Artículo 31. Toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada, salvo las
excepciones que consagre la ley.
El superior no podrá agravar la pena impuesta cuando el condenado sea apelante
único.


Artículo 32. El delincuente sorprendido en flagrancia podrá ser aprehendido y llevado
ante el juez por cualquier persona. Si los agentes de la autoridad lo persiguieren y se
refugiare en su propio domicilio, podrán penetrar en él, para el acto de la aprehensión;
si se acogiere a domicilio ajeno, deberá preceder requerimiento al morador.


Artículo 33. Nadie podrá ser obligado a declarar contra si mismo o contra su cónyuge,
compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad,
segundo de afinidad o primero civil.


Artículo 34. Se prohiben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación.


No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes


adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro Público o con grave
deterioro de la moral social.


Artículo 35. Se prohibe la extradición de colombianos por nacimiento. No se concederá


la extradición de extranjeros por delitos políticos o de opinión.
Los colombianos que hayan cometido delitos en el exterior, considerados como tales en
la legislación nacional, serán procesados y juzgados en Colombia.


Artículo 36. Se reconoce el derecho de asilo en los términos previstos en la ley.


Artículo 37. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y
pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales
se podrá limitar el ejercicio de este derecho.


Artículo 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las
distintas actividades que las personas realizan en sociedad.


Artículo 39. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o
asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con
la simple inscripción del acta de constitución.


La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y
gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos.


La cancelación o la suspensión de la personería jurídica sólo procede por vía judicial.


Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias
para el cumplimiento de su gestión.

No gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza Pública.


Artículo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y
control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:


1. Elegir y ser elegido.


2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras
formas de participación democrática.


3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna: formar


parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas.


4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la
Constitución y la ley.


5. Tener iniciativa en las corporaciones públicas.


6. Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.


7. Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, salvo los colombianos, por
nacimiento o por adopción, que tengan doble nacionalidad. La ley reglamentará esta
excepción y determinará los casos a los cuales ha de aplicarse.
Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los
niveles decisorios de la Administración Pública.


Artículo 41. En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán
obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se
fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la
participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución..

MOODLE

'Moodle' es un Ambiente Educativo Virtual, sistema de gestión de cursos, de distribución libre, que ayuda a los educadores a crear comunidades de aprendizaje en línea. Este tipo de plataformas tecnológicas también se conoce como LMS (Learning Management System).



Moodle fue creado por Martin Dougiamas, quien fue administrador de WebCT en la Universidad Tecnológica de Curtin. Basó su diseño en las ideas del constructivismo en pedagogía que afirman que el conocimiento se construye en la mente del estudiante en lugar de ser transmitido sin cambios a partir de libros o enseñanzas y en el aprendizaje colaborativo. Un profesor que opera desde este punto de vista crea un ambiente centrado en el estudiante que le ayuda a construir ese conocimiento con base en sus habilidades y conocimientos propios en lugar de simplemente publicar y transmitir la información que se considera que los estudiantes deben conocer.


La primera versión de la herramienta apareció el 20 de agosto de 2002 y, a partir de allí han aparecido nuevas versiones de forma regular. Hasta julio de 2008, la base de usuarios registrados incluye más 21 millones, distribuidos en 46.000 sitios en todo el mundo y está traducido a más de 75 idiomas.

sky drive


Windows Live SkyDrive (inicialmente Windows Live Folders) forma parte de los servicios de Microsoft llamados Windows Live. SkyDrive permite a los usuarios subir archivos de una computadora y almacenarlos en linea (nube), y acceder a ellos desde un navegador web. El servicio utiliza Windows Live ID para controlar el acceso a los archivos del usuario, permitiéndoles a mantener la confidencialidad de los archivos, compartir con contactos, o compartirlos con el público en general. Los archivos que se comparten publicamente no requieren una cuenta de Windows Live ID para acceder.


Actualmente, el servicio ofrece 25 GB de almacenamiento, con un tamaño máximo por archivo de 50 MB.[1] Se pueden subir hasta 5 archivos a la vez de manera estándar con cualquier navegador, y opcionalmente se puede instalar una herramienta ActiveX que permite arrastrar un número ilimitado de archivos directamente desde el Explorador de Windows.

25 GB de espacio de almacenamiento gratuito para compartir fotos y documentos


Almacena fotos y documentos en línea, compártelos con las personas que decidas y obtén acceso a ellos desde cualquier explorador web. SkyDrive también ofrece Office Web Apps de forma gratuita, así que puedes crear y trabajar en línea con otras personas en documentos de Word, Excel y PowerPoint, incluso si algunos de vosotros no tenéis instalada la última versión de Microsoft Office.

Las nuevas características de SkyDrive estarán disponibles en todo el mundo en los próximos meses. Si aún no las ves, tendrás acceso a ellas muy pronto.

S.P.E = Servicio Publico de Empleo



El Servicio Público de Empleo del Sena es un servicio gratuito que se ofrece para apoyar la búsqueda de oportunidades de empleo a todos los ciudadanos. A través de este, los empresarios también pueden publicar sus vacantes y seleccionar los candidatos idóneos para ellas.


Para acceder a este servicio debes:

1.Registrar tu hoja de vida y tus intereses de trabajo por medio de la página web: http://colombianostrabajando.sena.edu.co/.

2.Una vez registrado, el sistema le proporciona una clave de acceso que corresponden a los 4 últimos dígitos del documento de identidad con que se registro.

3.Debes presentar en la Oficina del Servicio Público de Empleo ubicada en el bloque 5, piso 3 (Bienestar Universitario), original o copia de los certificados académicos y constancias laborales para su verificación y validación.

4.Igualmente puedes traer tu hoja de vida en medio magnético (CD, USB, diskette) a la oficina del SPE.

REGLAMENTO


El Reglamento del Aprendiz SENA se aplica a todas las personas matriculadas en los programas de formación profesional del SENA, quienes durante el tiempo de desarrollo del mismo se denominan Aprendices, independientemente de la modalidad de formación elegida para adelantar dicho programa, quienes se comprometen con lo establecido en el presente reglamento y las demás normas institucionales que le son aplicables.

Durante su formación, el SENA contribuirá para el desarrollo de su perfil como libre pensador, con capacidad crítica, líder, solidario, emprendedor y creativo.



- Libre pensador y con capacidad crítica, constructivo y respetuoso de las ideas propias y las de los demás, que con sus observaciones construye y aporta a la solución de los problemas.
- Solidario, en busca del bien común, que trabaja en equipo construyendo soluciones colectivas, se deja llevar por sus principios y valores, comprometido con la sociedad y el entorno, para que Colombia crezca a través de sus ideas, acciones y esfuerzo.
- Líder, es gestor de su propio proceso de formación, se atreve a impulsar un cambio social, al construir nuevos rumbos para transformar y mejorar la sociedad. Tiene su visión puesta en el futuro y dirige sus energías hacia el cambio con una actitud proactiva y optimista.
- Emprendedor y creativo, al realizar análisis complejos de las situaciones, formulando proyectos concretos y realizando actuaciones simples. Utiliza la creatividad como herramienta para solucionar de forma innovadora los retos que le impone la sociedad.


Su compromiso como APRENDIZ con el SENA y con la sociedad colombiana, reafirma la responsabilidad que asume en el momento de la matrícula en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada.
Este compromiso incluye adoptar y aplicar una conducta correcta en cada uno de los momentos de su formación, en los lugares donde ésta se desarrolle, y no realizar actos que afecten su proceso de formación ni el de sus compañeros del SENA; sobresalir siempre por su liderazgo positivo, su aspecto personal, el cuidado y manejo de los elementos y medios que se faciliten para su formación y el de su equipo de trabajo; tener siempre presente el respeto, la honestidad, responsabilidad, solidaridad con sus compañeros, instructores, directivos, personal administrativo y en general con los integrantes de la comunidad educativa, demostrando así los valores y principios que se le han inculcado desde su hogar y que ahora fortalecerá y promoverá en cada una de sus acciones en el SENA.

COMPETENCIA LABORALES


¿Qué es competencia laboral?



Existen múltiples y variadas aproximaciones conceptuales a la competencia laboral. Un concepto generalmente aceptado la define como una capacidad efectiva para llevar a cabo exitosamente una actividad laboral plenamente identificada. La competencia laboral no es una probabilidad de éxito en la ejecución de un trabajo; es una capacidad real y demostrada.


Una buena categorización de la competencia, que permite aproximarse mejor a las definiciones, es la que diferencia tres enfoques. El primero concibe la competencia como la capacidad de ejecutar las tareas; el segundo la concentra en atributos personales (actitudes, capacidades) y el tercero, denominado “holístico”, incluye a los dos anteriores.


Competencias básicas:


Habilidades básicas: lectura, redacción, aritmética y matemáticas, expresión y capacidad de escuchar.


Aptitudes analíticas: pensar creativamente, tomar decisiones, solucionar problemas, procesar y organizar elementos visuales y otro tipo de información, saber aprender y razonar.


Cualidades personales: responsabilidad, autoestima, sociabilidad, gestión personal, integridad y honestidad.


Competencias transversales:


Gestión de recursos: tiempo, dinero, materiales y distribución, personal.


Relaciones interpersonales: trabajo en equipo, enseñar a otros, servicio a clientes, desplegar liderazgo, negociar y trabajar con personas diversas.


Gestión de información: buscar y evaluar información, organizar y mantener sistemas de información, interpretar y comunicar, usar computadores.


Comprensión sistémica: comprender interrelaciones complejas, entender sistemas, monitorear y corregir desempeño, mejorar o diseñar sistemas.


Dominio tecnológico: seleccionar tecnologías, aplicar tecnologías en la tarea, dar mantenimiento y reparar equipos.

GLOBALIZACIÓN



La globalización es un proceso económico, tecnológico, social y cultural a gran escala, que consiste en la creciente comunicación e interdependencia entre los distintos países del mundo unificando sus mercados, sociedades y culturas, a través de una serie de transformaciones sociales, económicas y políticas que les dan un carácter global. La globalización es a menudo identificada como un proceso dinámico producido principalmente por las sociedades que viven bajo el capitalismo democrático o la democracia liberal y que han abierto sus puertas a la revolución informática, plegando a un nivel considerable de liberalización y democratización en su cultura política, en su ordenamiento jurídico y económico nacional, y en sus relaciones internacionales.


COLOMBIA ANTE LA GLOBALIZACION:


El término globalización abarca diferentes aspectos como son: la globalización política, económica, cultural, de seguridad, del conocimiento y tecnología. Uno de estos aspectos se ha constituido para Colombia en una agenda global en busca de una democracia que proteja y en principio solucione la violación de los derechos humanos, la lucha contra las drogas ilícitas y el crimen internacional organizado entre otros; sin menor importancia esta el desarrollo sostenible, la preservación del medio ambiente y la erradicación de la pobreza absoluta.


En el escenario actual en donde se presenta en la economía colombiana y el mercado internacional el proceso de globalización y el avance de los diversos sistemas de integración han sido muy favorable, se han logrado importantes resultados en cuanto a relaciones internacionales se refiere a nivel mundial; Estados unidos y la Unión Europea han centrado su atención en los principales problemas colombianos que constituyen una barrera para el desarrollo del país, problemas como la subordinación de lo publico, deslegitimación del estado, perdida de convivencia ciudadana, conflicto armado, ilegalidad, narcotráfico y de igual manera la violación constante hacia los derechos humanos, los que de alguna manera comprometen en forma grave la incorporación positiva de Colombia en el mercado internacional tanto en los procesos actuales de globalización como en la integración de las Ameritas.

Uno de los problemas que afectan con mayor fuerza la situación social de los colombianos es el de la desigualdad de la distribución de las riquezas de los recursos del bienestar existente en el país. La concentración del ingreso es muy alta en comparación con lo promedios internacionales.

Estados Unidos es a todas luces el país más globalizado del Mundo: es el país que más capital invierte en el exterior y que más inversión recibe, en su territorio tienen cabida todos los tipos de espectáculos culturales posibles del Mundo, presenta una población multiracial y una tecnología bárbara... y sin embargo, su población no es capaz de distinguir Irán de Australia..